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TÍTULO II. La prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo · CAPÍTULO I. Régimen jurídico y títulos habilitantes para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo

Artículo 17. Títulos habilitantes para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo.

Texto oficial de Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual (BOE-A-2022-11311). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 17. Títulos habilitantes para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo. — Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual · BOE Fácil