El ámbito de aplicación de este real decreto se circunscribe a los proyectos piloto desarrollados en cualquier parte del territorio español que participen en el banco de pruebas regulatorio que se regula en el mismo.
Será de aplicación siempre y cuando la exención regulatoria que requiera el proyecto piloto afecte, al menos, a una norma estatal distinta de las circulares de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Lo dispuesto en esta norma se entenderá sin perjuicio de otras iniciativas de investigación e innovación que pudieran emprenderse en el marco de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y en los términos previstos en las correspondientes circulares de dicho organismo y en el desarrollo de las mismas.
Texto oficial de Banco de Pruebas Regulatorio del Sector Eléctrico (BOE-A-2022-11511). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Ámbito de aplicación. — Banco de Pruebas Regulatorio del Sector Eléctrico · BOE Fácil