TÍTULO III. Pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado · CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 18. Actualización de las pensiones de Clases Pasivas.
La actualización de las pensiones abonadas por Clases Pasivas se aplicará al importe mensual que tuviese la pensión de que se trate a 31 de diciembre de 2021, una vez aplicada la desviación del Índice de Precios al Consumo, salvo las reguladas en el título II del Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo, que se adaptarán a los importes que correspondan conforme a su legislación propia.
Texto oficial de Real Decreto 65/2022, de 25 de enero, sobre actualización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2022 (BOE-A-2022-1189). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.