DISPONGO: · «Sección 4.ª Régimen especial de los trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos · Subsección 3.ª Supuestos especiales de cotización
Disposición final cuarta. Títulos competenciales.
Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª y 17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Hacienda general y Deuda del Estado, y en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
Texto oficial de RDL del Nuevo Sistema de Cotización de Autónomos (BOE-A-2022-12482). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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