1. El Pleno del Consejo estará conformado por:
a) La Presidencia.
b) La Vicepresidencia.
c) Las Vocalías, integradas por representantes de la Administración General del Estado, de las entidades o plataformas del Tercer Sector de Acción Social, así como de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a nivel estatal.
2. El Consejo contará con un Secretario, con rango, al menos, de Subdirector General, dependiente de la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Texto oficial de Real Decreto 635/2022, de 26 de julio, por el que se regulan la organización y funciones del Consejo consultivo del ingreso mínimo vital (BOE-A-2022-12508). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Composición. — Real Decreto 635/2022, de 26 de julio, por el que se regulan la organización y funciones del Consejo consultivo del ingreso mínimo vital · BOE Fácil