La presente ley orgánica se dicta al amparo de la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia y de legislación procesal atribuida al Estado por el artículo 149.1. 5.ª y 6.ª de la Constitución Española.
Texto oficial de Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil (BOE-A-2022-12578). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Títulos competenciales. — Ley Orgánica 7/2022, de 27 de julio, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en materia de Juzgados de lo Mercantil · BOE Fácil