CAPÍTULO VIII. Organización general del organismo · Sección 4.ª Otros órganos directivos
Artículo 26. Subdirección General de Gestión Económica.
Corresponde a la Subdirección General de Gestión Económica:
a) La gestión presupuestaria de los ingresos y gastos, la realización de los cobros y pagos y la gestión de la tesorería.
b) La tramitación de expedientes de contratación.
c) La preparación y elaboración de los anteproyectos de presupuestos y de los programas de inversiones del organismo, la modificación de créditos, así como el seguimiento y el control de los mismos.
d) La gestión contable financiera y analítica del organismo y, en general, la gestión de cualesquiera otros asuntos de carácter económico y financiero.
e) La elaboración de medidas de control interno en la gestión económico-financiera, así como la interlocución directa con la Intervención Delegada en el organismo o con los Servicios Centrales de la Intervención General de la Administración del Estado, en todas aquellas actuaciones de control competencia de ambas.
Texto oficial de Estatuto del Parque Móvil del Estado (2022) (BOE-A-2022-12927). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 26. Subdirección General de Gestión Económica. — Estatuto del Parque Móvil del Estado (2022) · BOE Fácil