CAPÍTULO IX. Actos que agotan la vía administrativa
Artículo 29. Fin de la vía administrativa.
Ponen fin a la vía administrativa todos los actos, acuerdos y resoluciones del Director General del Parque Móvil del Estado, O.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra los actos, acuerdos y resoluciones del Director General cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición previsto en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Texto oficial de Estatuto del Parque Móvil del Estado (2022) (BOE-A-2022-12927). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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