Artículo 14. Cumplimiento de las normas de tráfico, circulación y seguridad vial.
Los conductores del Parque Móvil del Estado, O.A., deberán prestar una especial atención y extremar todos los cuidados y medidas pertinentes para el más estricto cumplimiento de toda la normativa vigente en materia de tráfico, circulación, control de la velocidad máxima permitida y seguridad vial.
Texto oficial de Real Decreto 663/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A (BOE-A-2022-12927). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 14. Cumplimiento de las normas de tráfico, circulación y seguridad vial. — Real Decreto 663/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A · BOE Fácil