CAPÍTULO VII. Actuación administrativa e imagen institucional
Artículo 30. Imagen institucional.
La imagen institucional del Centro Universitario será común con la propia de la Dirección General de la Policía y se ajustará a lo establecido en la normativa que regule los criterios de imagen institucional y la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.
Texto oficial de Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional (BOE-A-2022-12930). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 30. Imagen institucional. — Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional · BOE Fácil