Artículo 5. Naturaleza y efectos de las comunicaciones y solicitudes.
Las comunicaciones reguladas en este real decreto en relación con las propuestas y sugerencias, las quejas y las solicitudes de información no se considerarán como peticiones de inicio de un procedimiento administrativo; su presentación no interrumpirá los plazos de prescripción de acciones ni de caducidad de los procedimientos administrativos o jurisdiccionales.
Las respuestas o contestaciones que se realicen por las autoridades competentes tampoco serán susceptibles de recurso administrativo alguno y tendrán siempre carácter orientativo, no constituyendo resolución sobre los asuntos planteados, ni condicionando en modo alguno la actuación de los órganos de gestión competentes en cada caso.
Texto oficial de Real Decreto 696/2022, de 23 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de propuestas, sugerencias, quejas y solicitudes de información del personal de la Guardia Civil (BOE-A-2022-14058). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.