Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
1. Se autoriza a la persona titular de Ministerio del Interior para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente real decreto.
2. La persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil, oído el Consejo de la Guardia Civil, podrá adoptar criterios de interpretación uniforme sobre las situaciones y circunstancias concretas que constituyan causas de inadmisión de las propuestas y sugerencias del personal de la Guardia Civil sobre el régimen de personal, sobre sus derechos y deberes, sobre el ejercicio del derecho de asociación y sobre los aspectos sociales que les afecten.
Texto oficial de Real Decreto 696/2022, de 23 de agosto, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de propuestas, sugerencias, quejas y solicitudes de información del personal de la Guardia Civil (BOE-A-2022-14058). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.