TÍTULO II. De la comunicación de apertura de negociaciones con los acreedores · CAPÍTULO III. De la exigibilidad de deber legal de solicitar el concurso y de la causa legal de disolución de la sociedad
Artículo 613. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas cualificadas.
> En las sociedades de capital, mientras estén en vigor los efectos de la comunicación, quedará en suspenso el deber legal de acordar la disolución por existir pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social.
Texto oficial de Ley de Reforma de la Ley Concursal (BOE-A-2022-14580). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 613. Suspensión de la causa de disolución por pérdidas cualificadas. — Ley de Reforma de la Ley Concursal · BOE Fácil