Disposición transitoria tercera. Régimen aplicable a los contratos indefinidos para la ejecución de planes y programas públicos de investigación científica y técnica o de innovación.
A los contratos indefinidos celebrados al amparo de lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional vigesimotercera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, les resultará de aplicación, tras la entrada en vigor de esta ley, el régimen previsto en el artículo 23 bis de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
Texto oficial de Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE-A-2022-14581). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria tercera. Régimen aplicable a los contratos indefinidos para la ejecución de planes y programas públicos de investigación científica y técnica o de innovación. — Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación · BOE Fácil