TÍTULO IV. Régimen sancionador · «CAPÍTULO XI. De los expedientes de jurisdicción voluntaria relativos a declaraciones judiciales sobre hechos pasados
Artículo 80. quinquies. Recursos.
> 1. Las resoluciones interlocutorias dictadas durante la tramitación del expediente son susceptibles de recurso de reposición, en los términos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
> 2. La resolución definitiva dictada según lo previsto en los apartados segundo, quinto o sexto del artículo anterior es susceptible de recurso de apelación, en los términos previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil.»
> <small>Redactado el artículo 80 quater, apartado 2, conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 32, de 7 de febrero de 2023. [Ref. BOE-A-2023-3123](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-3123)</small>
Texto oficial de Ley de Memoria Democrática (BOE-A-2022-17099). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.