El ejercicio de las funciones señaladas en el artículo anterior corresponderá al órgano competente de la comunidad autónoma en cuyo ámbito territorial figure empadronada y tenga la residencia efectiva la persona interesada y, al Imserso en las ciudades de Ceuta y de Melilla.
Si la persona interesada con nacionalidad española residiese fuera del territorio español, la competencia para el ejercicio de las funciones relacionadas en el artículo anterior, corresponderá a la Administración competente a cuyo ámbito territorial pertenezca el último domicilio en el que la persona interesada figurase empadronada en el territorio español.
Texto oficial de Procedimiento de Reconocimiento del Grado de Discapacidad (BOE-A-2022-17105). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Competencia territorial. — Procedimiento de Reconocimiento del Grado de Discapacidad · BOE Fácil