TÍTULO V. Avales a las operaciones de financiación que realicen la Comisión Europea, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo para el apoyo financiero a Ucrania
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 22 de noviembre de 2022.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN**
Información relacionada
> <small>El Real Decreto-ley 19/2022, de 22 de noviembre, ha sido convalidado por Acuerdo del Congreso de los Diputados, publicado por Resolución de 15 de diciembre de 2022. [Ref. BOE-A-2022-21678](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-21678)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley del Código de Buenas Prácticas para Deudores Hipotecarios de 2022 (BOE-A-2022-19403). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final quinta. Entrada en vigor. — Real Decreto-ley del Código de Buenas Prácticas para Deudores Hipotecarios de 2022 · BOE Fácil