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CAPÍTULO II. Régimen de la inspección de los servicios de la Abogacía General del Estado

Artículo 37. Personas facultadas para el desempeño de la función de inspección de los servicios.

Texto oficial de Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal (BOE-A-2022-20555). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.