TÍTULO VII. De los Entes Territoriales · Efm = [∑ a(RcO/RPm)] x Pi · *Sección 4.ª Cesión a favor de las provincias, comunidades autónomas uniprovinciales, cabildos y consejos insulares, de la recaudación de impuestos estatales*
Artículo 101. Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.
Uno. Las provincias y entes asimilados incluidos en el ámbito subjetivo del artículo 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, participarán en la recaudación líquida que se obtenga en 2023 mediante el pago de doce entregas mensuales a cuenta de la liquidación definitiva.
El cálculo global de la cuantía de estas entregas a cuenta se efectuará mediante la siguiente operación:
Texto oficial de Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOE-A-2022-22128). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 101. Cesión de rendimientos recaudatorios del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. — Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 · BOE Fácil