TÍTULO III. Intervenciones en forma de pagos directos · CAPÍTULO III. Pagos directos asociados · Sección 1.ª Pagos directos asociados a los agricultores · Subsección 8.ª Pago específico al cultivo del algodón
Artículo 73. Objeto, ámbito de aplicación y dotación.
1. Se concederá un pago específico a los agricultores que produzcan algodón del código NC 5201 00 que cumplan los requisitos que aquí se establecen, en la superficie recogida en la capa SIGPAC de zonas tradicionales de producción de algodón.
2. La dotación presupuestaria de esta medida es la que se indica en el anexo XIX.
Texto oficial de Pagos Directos de la Política Agrícola Común 2023-2027 (BOE-A-2022-23048). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.