El presente real decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023.
No obstante, el título II y el anexo III entrarán en vigor el 1 de enero de 2024.
Dado en Madrid, el 27 de diciembre de 2022.
**FELIPE R.**
**El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,**
**LUIS PLANAS PUCHADES**
Texto oficial de Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI) (BOE-A-2022-23049). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.