«ANEXO I C. Valores límites para las cantidades anuales de metales pesados que se podrán introducir en los suelos basándose en una media de diez años
Disposición final novena. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2023, si bien surtirá efectos a partir de 1 de enero de 2024, salvo el apartado 1 del artículo 4, el artículo 5 y el artículo 18, que surtirán efectos el 1 de enero de 2026.
> <small>Se modifica por el art. único.8 del Real Decreto 934/2025, de 21 de octubre. [Ref. BOE-A-2025-21211](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-21211)</small>
> <small>Esta modificación tiene efectos retroactivos desde la fecha de aprobación del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, según establece la disposición transitoria única del Real Decreto 934/2025.</small>
Dado en Madrid, el 27 de diciembre de 2022.
**FELIPE R.**
**El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes**
**y Memoria Democrática,**
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
Texto oficial de Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios (BOE-A-2022-23052). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final novena. Entrada en vigor. — Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios · BOE Fácil