CAPÍTULO V. Derechos de quienes integran el Consejo de la Guardia Civil, en representación de los miembros del Cuerpo
Artículo 16. Derecho a distribuir publicaciones referidas a cuestiones profesionales o asociativas.
1. Los miembros del Consejo podrán distribuir libremente publicaciones referidas a cuestiones profesionales o asociativas.
En el interior de las dependencias de la Guardia Civil, toda distribución se comunicará a quien ejerza la jefatura del acuartelamiento, que impartirá las instrucciones necesarias para el ejercicio efectivo de este derecho.
2. La distribución de publicaciones durante la campaña electoral a elecciones al Consejo de la Guardia Civil se regirá por su normativa específica.
3. La distribución de folletos y cualquier otro documento que no constituya una publicación, se efectuará según lo dispuesto en el artículo 11.
Texto oficial de Real Decreto 175/2022, de 4 de marzo, por el que se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales de guardias civiles, de sus representantes y de los miembros del Consejo de la Guardia Civil elegidos en representación de los miembros del Cuerpo (BOE-A-2022-3476). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.