TÍTULO I. Valores fundamentales y principios institucionales · CAPÍTULO I. Valores fundamentales
Artículo 8. Dignidad.
1. Prestarán su servicio con el mayor sentido de la trascendencia de su función y velarán por el buen nombre de la Institución y por el impacto de su profesión en la dignidad de las personas.
2. Su comportamiento se desarrollará con responsabilidad, seriedad y respeto hacia sí mismos y hacia los demás.
Texto oficial de Código de Conducta de la Guardia Civil (BOE-A-2022-3477). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 8. Dignidad. — Código de Conducta de la Guardia Civil · BOE Fácil