TÍTULO II. Normas de comportamiento · CAPÍTULO II. Normas de conducta durante la prestación del servicio
Artículo 42. Liderazgo.
1. Quienes ejerzan el mando en la Guardia Civil deben adquirir y mejorar las cualidades que les permitan llevar a cabo un liderazgo eficaz. Como líderes, deben influir de forma positiva, crear un entorno favorable y de cohesión y motivar a su equipo, así como tratar de obtener su reconocimiento y aprecio, contribuyendo a la buena imagen del Cuerpo.
2. El prestigio personal, la dedicación profesional, la preparación, la iniciativa, la capacidad de decisión y la preocupación permanente por el personal a sus órdenes permitirán un liderazgo ejemplar a quienes tienen la responsabilidad de mandar en la Guardia Civil.
Texto oficial de Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil (BOE-A-2022-3477). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 42. Liderazgo. — Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil · BOE Fácil