CAPÍTULO IV. Medidas destinadas a la sostenibilidad de las explotaciones
Artículo 9. Actuaciones en relación con la Política Agrícola Común (PAC).
En aplicación de las disposiciones comunitarias sobre causas de fuerza mayor y circunstancias excepcionales, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establecerá los criterios para que, de una forma armonizada, las autoridades competentes de las comunidades autónomas puedan, de manera excepcional, flexibilizar determinados requerimientos, condiciones de subvencionabilidad y compromisos de las ayudas de la PAC al objeto de que las circunstancias devenidas como consecuencia de la sequía no representen impedimentos añadidos para la percepción de dichas ayudas.
Texto oficial de Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía (BOE-A-2022-4136). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.