TÍTULO IV. Otras medidas de apoyo a trabajadores y colectivos vulnerables · «CAPÍTULO V. Mecanismo de financiación del bono social y del coste del suministro de electricidad del consumidor en riesgo de exclusión social
Artículo 17. Regularización de las cantidades a financiar.
> A fin de garantizar la correcta aplicación de lo previsto en el presente capítulo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia podrá regularizar las cantidades aportadas por los distintos sujetos reconociendo, en su caso, los derechos de cobro u obligaciones de pago que correspondan, conforme a lo establecido en este capítulo.»
Siete. Se modifica la disposición adicional segunda en los siguientes términos:
> «Los distribuidores remitirán con carácter trimestral, antes del final del segundo mes del trimestre siguiente al que se refieran los datos, al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, información relativa al número de cortes de suministro, y las razones de los mismos, que se hubieran llevado a cabo durante el trimestre anterior. A estos efectos, por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas se podrá establecer un formato y modelo para la remisión de información.
Ocho. Se añade una disposición adicional cuarta con la siguiente redacción:
###### «Disposición adicional cuarta. Referencias a la unidad de convivencia.
> Todas las referencias que en el presente real decreto se hagan a la "unidad familiar" se entenderán hechas a la «unidad de convivencia» de acuerdo con la definición del artículo 3 de este real decreto.»
> <small>Redactados los apartados cinco y seis conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 100, de 27 de abril de 2022. [Ref. BOE-A-2022-6764](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-6764)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania (BOE-A-2022-4972). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.