TÍTULO IV. Otras medidas de apoyo a trabajadores y colectivos vulnerables
Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.
Se modifica el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria, en los siguientes términos:
Uno. La disposición transitoria pasa a ser disposición transitoria primera.
Dos. Se introduce una disposición transitoria segunda, con el siguiente contenido:
###### «Disposición transitoria segunda.
> 1. Las personas beneficiarias del régimen de protección temporal a que hacen referencia los artículos 2 y 11 Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, por el que se aprueba el reglamento sobre régimen de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, podrán, con carácter excepcional, y a los efectos de inicio del procedimiento, sustituir la documentación exigida a que hace referencia el artículo 7 por una declaración responsable, con validez temporal, cuyo modelo y contenido será determinados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
> 2. La declaración responsable a que hace referencia el punto anterior en ningún caso exime, al objeto de la finalización y resolución del procedimiento, de la presentación de la documentación con valor probatorio que se exija por la administración competente en materia de homologación de estudios extranjeros no universitarios.
> 3. En tanto subsista la validez temporal de la declaración responsable a que hace referencia el apartado 1 no serán de aplicación los plazos de subsanación, apercibimiento o archivo previstos en el artículo 8.»
> <small>Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 100, de 27 de abril de 2022. [Ref. BOE-A-2022-6764](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-6764)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania (BOE-A-2022-4972). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.