TÍTULO V. Gestión del sistema de acogida mediante acción concertada · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 36. Principios rectores de la acción concertada.
La acción concertada se ajustará a los siguientes principios rectores:
a) Libertad de acceso de las entidades interesadas.
b) Publicidad y transparencia en los procedimientos de acción concertada.
c) Proporcionalidad, no discriminación e igualdad de trato.
d) Eficacia y eficiencia en el uso de los fondos públicos.
e) No duplicidad en la financiación de los servicios y prestaciones objeto de autorización de acción concertada.
Texto oficial de Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional (BOE-A-2022-4978). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 36. Principios rectores de la acción concertada. — Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional · BOE Fácil