TÍTULO II. Itinerario del sistema de acogida · CAPÍTULO VI. Fase de autonomía
Artículo 21. Objetivo.
1. El objetivo de esta fase es apoyar la adquisición de autonomía de las personas beneficiarias de protección internacional o del estatuto de apatridia, así como la consolidación de conocimientos y habilidades que hagan efectiva su plena inclusión en la sociedad.
2. El inicio de la fase de autonomía se produce con la salida del recurso de acogida e implica la continuación del itinerario individualizado diseñado en la fase de acogida.
Texto oficial de Sistema de Acogida en Protección Internacional (BOE-A-2022-4978). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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