TÍTULO III. Recursos del sistema de acogida de protección internacional · CAPÍTULO II. Características de los recursos del sistema de acogida de protección internacional
Artículo 28. Centros de valoración inicial y derivación.
1. Los centros de valoración inicial y derivación son establecimientos de alojamiento colectivo y estancia provisional, en los que se proporciona a las personas destinatarias las actuaciones señaladas en el capítulo IV del título II.
2. La ubicación, dimensiones y capacidad de los centros atenderá a razones de proximidad geográfica con las zonas del territorio que reciban mayores flujos migratorios.
Texto oficial de Sistema de Acogida en Protección Internacional (BOE-A-2022-4978). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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