TÍTULO VII. Medidas fiscales para incentivar la economía circular · CAPÍTULO II. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos
Artículo 85. Ámbito de aplicación.
1. El impuesto se aplicará en todo el territorio español.
2. Lo dispuesto en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de los regímenes tributarios forales de concierto y convenio económico en vigor, respectivamente, en los Territorios Históricos del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra.
Texto oficial de Ley de Residuos y Suelos Contaminados (BOE-A-2022-5809). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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