1. Es objeto de este reglamento el desarrollo de la regulación del estatuto jurídico de los miembros del Ministerio Fiscal y determinados aspectos orgánicos de su régimen interno.
2. El estatuto jurídico a que se refiere el apartado anterior comprende la regulación de la adquisición y pérdida de la condición de miembro de la carrera fiscal, así como las situaciones administrativas, incapacidades, permisos, derechos y deberes, provisión de destinos y sustituciones, incompatibilidades, prohibiciones y responsabilidades de los miembros del Ministerio Fiscal.
Texto oficial de Reglamento del Ministerio Fiscal (BOE-A-2022-7184). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.