TÍTULO II. Del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 · CAPÍTULO III. Programa de ayuda al alquiler de vivienda
Artículo 34. Gestión de la ayuda mediante entidades arrendadoras colaboradoras.
En los casos en que exista una entidad colaboradora que actúe, además, como arrendadora o cedente de las viviendas o habitaciones, podrá acordarse en la convocatoria de la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla que la entidad colaboradora gestione directamente lo relativo a la recepción de la ayuda para su directa aplicación al pago del alquiler o precio de la cesión en uso mediante, en su caso, el correspondiente descuento.
Texto oficial de Bono Alquiler Joven y Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 (BOE-A-2022-802). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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