TÍTULO II. Del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 · CAPÍTULO VII. Programa de incremento del parque público de viviendas
Artículo 66. Gestión.
La financiación de este programa requerirá de la suscripción de un acuerdo en el seno de las comisiones de seguimiento entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta o Melilla de que se trate. Este acuerdo deberá ser suscrito también por el ayuntamiento correspondiente solamente en los supuestos en que participe en la financiación de la adquisición.
Texto oficial de Bono Alquiler Joven y Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 (BOE-A-2022-802). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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