TÍTULO III. Del seguimiento, control y evaluación del Bono Alquiler Joven y del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
1. Se habilita a la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto.
2. El titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá concretar la cuantía de las subvenciones del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 susceptibles de otorgamiento, dentro de los límites de este real decreto, en función de las disponibilidades presupuestarias, la evolución de las condiciones objetivas y los indicadores utilizados para el seguimiento del Plan. Estas modificaciones no podrán afectar a subvenciones ya reconocidas.
Texto oficial de Bono Alquiler Joven y Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 (BOE-A-2022-802). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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