Disposición adicional segunda. Encomienda de gestión.
El INGESA podrá realizar una encomienda de gestión de las funciones de gestión y acreditación de la formación continuada, incluyendo la expedición de certificaciones individuales, en otras corporaciones o instituciones de derecho público, por razones de eficacia o cuando no se encuentren en el INGESA disponibles los medios técnicos idóneos para su desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Texto oficial de Orden SND/456/2022, de 18 de mayo, por la que se crea la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, se regula su composición y funcionamiento y el procedimiento de acreditación de actividades formativas (BOE-A-2022-8378). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.