TÍTULO ÚNICO. Medidas para impulsar la actividad de rehabilitación residencial
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Esta ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 14 de junio de 2022.
**FELIPE R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN**
Texto oficial de Ley de Rehabilitación Edificatoria y Eficiencia Energética (BOE-A-2022-9838). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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