1. En el primer trimestre del año, la Oficina elaborará un Informe anual sobre las actuaciones desarrolladas por la misma en el ejercicio inmediato anterior en el que incluirá el seguimiento del plan estratégico de la Oficina.
2. La persona titular de la Presidencia de la Oficina remitirá a las Cortes Generales y al Tribunal de Cuentas el informe anual de actuaciones y comparecerá en las Cortes Generales para su presentación.
3. El Informe Anual de Actuaciones se publicará en la página web de la Oficina dentro del mes siguiente a su remisión a las Cortes Generales y al Tribunal de Cuentas.
Texto oficial de Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (BOE-A-2023-11073). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Informe anual de actuaciones. — Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación · BOE Fácil