El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se aplicará a las pensiones cuya fecha de hecho causante sea posterior a su entrada en vigor.
Dado en Madrid, el 16 de mayo de 2023.
**FELIPE R.**
**El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,**
**JOSÉ LUIS ESCRIVÁ BELMONTE**
Texto oficial de Real Decreto 371/2023, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen jurídico del complemento económico establecido en el artículo 210.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (BOE-A-2023-11645). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Entrada en vigor. — Real Decreto 371/2023, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen jurídico del complemento económico establecido en el artículo 210.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre · BOE Fácil