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TÍTULO VI. Colaboración administrativa

Artículo 38. Colaboración del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios con otros organismos.

Texto oficial de Reglamento del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios (BOE-A-2023-14051). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 38. Colaboración del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios con otros organismos. — Reglamento del Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios · BOE Fácil