CAPÍTULO V. Implantación, mantenimiento e integración de los planes de protección civil
Artículo 16. Implantación y mantenimiento de los planes.
La implantación y mantenimiento de los planes son el conjunto de acciones destinadas a la eficaz aplicación del plan y a garantizar su plena operatividad, e incluye medidas como:
a) La designación de los componentes de los diferentes órganos y la verificación y actualización de sus procedimientos de comunicaciones.
b) La aprobación de los protocolos necesarios para la asignación de medios y recursos.
c) La actualización de las capacidades asignadas al plan.
d) El programa de información a la población y las instrucciones y recomendaciones de autoprotección.
e) El programa de formación para los diferentes intervinientes.
f) El programa de ejercicios y simulacros.
Texto oficial de Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil (BOE-A-2023-14679). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 16. Implantación y mantenimiento de los planes. — Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil · BOE Fácil