ANEXO. Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 2. Naturaleza y personalidad del Consejo General.
El Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines con arreglo a la ley.
Texto oficial de Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas (BOE-A-2023-14685). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Naturaleza y personalidad del Consejo General. — Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas · BOE Fácil