ANEXO. Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas · CAPÍTULO II. Funciones del Consejo General
Artículo 6. Funciones.
Para el cumplimiento de los fines esenciales descritos en el artículo 3, el Consejo General ejercerá las funciones de ordenación, representación, coordinación, organización y de carácter general, que se determinan en este capítulo.
Texto oficial de Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas (BOE-A-2023-14685). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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