TÍTULO II. De las modificaciones estructurales · CAPÍTULO I. De la transformación por cambio de tipo social · Sección 1.ª Disposiciones Generales
Artículo 19. Transformaciones entre sociedad anónima y sociedad anónima europea.
La transformación de sociedades anónimas en sociedades anónimas europeas y viceversa se regirá por lo dispuesto en el Reglamento (CE) número 2157/2001 y por las normas que lo desarrollan, y por lo dispuesto en la Ley 31/2006, de 18 de octubre, sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas.
Texto oficial de RDL de Modificaciones Estructurales de Sociedades (BOE-A-2023-15135). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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