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orden · BOE-A-2023-16291

Orden SND/778/2023, de 10 de julio, por la que se regulan determinados aspectos de la autorización de los medicamentos a base de alérgenos de producción industrial y de los graneles de medicamentos a base de alérgenos de uso humano y veterinario

Estado
Vigente
Publicación
14/7/2023
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Sanidad

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden SND/778/2023 regula la autorización de los medicamentos a base de alérgenos de producción industrial y de los graneles de alérgenos de uso humano y veterinario, y establece un procedimiento de regularización con un plazo de seis meses para que los que ya están en el mercado sin autorización se adecúen al régimen general de medicamentos.

A quién afecta: Laboratorios farmacéuticos fabricantes de medicamentos y graneles a base de alérgenos, profesionales sanitarios y veterinarios, y la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

  • Los medicamentos a base de alérgenos con finalidad diagnóstica in vivo, de uso humano o veterinario, se consideran medicamentos de fabricación industrial y deben obtener autorización de comercialización o registro simplificado especial (artículo 1.1).
  • Los que ya estén en el mercado sin autorización disponen de seis meses desde la publicación para comunicar sus datos a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios; si no lo hacen, deben dejar de comercializarse (artículo 1.2.a y b).
  • Se define el granel de alérgenos como el preparado alergénico obtenido industrialmente a partir de un único material de partida, destinado a mezclas o diluciones para inmunoterapia específica según prescripción individualizada (artículo 2.1).
  • Los medicamentos a base de alérgenos para inmunoterapia fabricados de forma individualizada para un paciente o animal concreto deben mantener sus datos a disposición de la Agencia durante diez años desde la fabricación (artículo 3.6.a).
  • No se permite la promoción ni la publicidad de los medicamentos a base de alérgenos de inmunoterapia preparados a partir de graneles o fabricados aisladamente para el tratamiento de un paciente o animal (artículo 4).
¿Qué plazo tienen los medicamentos a base de alérgenos ya comercializados para regularizarse?

Seis meses desde la publicación de la orden para comunicar sus datos a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios; si no lo hacen, deben dejar de comercializarse (artículo 1.2.a y b).

¿Se puede hacer publicidad de los medicamentos individualizados a base de alérgenos?

No, la orden prohíbe la promoción y publicidad de los medicamentos de inmunoterapia preparados a partir de graneles o fabricados de forma aislada para un paciente o animal concreto (artículo 4).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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