CAPÍTULO VI. Bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero
Disposición transitoria primera. Centros autonómicos de control lechero previamente designados.
Los centros autonómicos de control lechero que estaban previamente designados de acuerdo con el Real Decreto 368/2005, de 8 de abril, tienen dos meses desde la entrada en vigor del presente real decreto para presentar una solicitud de autorización como entidad de control lechero. La autoridad competente de la comunidad autónoma tendrá un plazo máximo de seis meses para resolver y notificar dicha resolución de autorización, desde el momento de la presentación de la solicitud en el registro del órgano competente para resolver. Hasta entonces, mantendrán su designación.
Texto oficial de Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria (BOE-A-2023-16725). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria primera. Centros autonómicos de control lechero previamente designados. — Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria · BOE Fácil