TÍTULO I. Organización, modalidades y planificación de la Formación Profesional · CAPÍTULO I. Organización de ofertas formativas de Formación Profesional · Sección 3.ª Módulos profesionales
Artículo 11. Características del módulo profesional.
1. El módulo profesional:
a) Constituye una unidad coherente de formación, a efectos de planificación y diseño de los aspectos básicos del currículo por parte de las administraciones competentes en el diseño de los currículos, para el logro de las competencias profesionales y para la empleabilidad que se pretendan alcanzar en la oferta formativa de los Grados B, C, D y E. En el Grado A, menor que el módulo profesional, este se presenta desagregado en bloques formativos de menor duración.
b) Según su naturaleza, puede estar asociado, o no, a estándares de competencia del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
2. El módulo profesional puede o no mantenerse como tal en la organización de la programación de los procesos de enseñanza-aprendizaje en los centros del Sistema de Formación Profesional, en función de la organización y metodología a utilizar, determinada por las administraciones o por el propio centro, respetando siempre el currículo y todos sus resultados de aprendizaje.
Texto oficial de Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE-A-2023-16889). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.