TÍTULO I. Organización, modalidades y planificación de la Formación Profesional · CAPÍTULO I. Organización de ofertas formativas de Formación Profesional · Sección 1.ª Grados y su organización
Artículo 6. Currículos, módulos y bloques formativos.
Los Grados de formación profesional responden a los correspondientes currículos, que deben articularse por módulos o, en el caso de grados A, por bloques formativos conforme a lo previsto en los dos capítulos siguientes.
Texto oficial de Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional (BOE-A-2023-16889). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. Currículos, módulos y bloques formativos. — Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional · BOE Fácil