TÍTULO V. Procedimiento para la imposición de sanciones disciplinarias en materia de dopaje · CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 58. Ámbito de aplicación.
Las normas contenidas en el presente título serán de aplicación a los procedimientos de imposición de sanciones por dopaje que se tramiten y resuelvan ante la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, de acuerdo con las reglas y principios contenidos en la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre.
Texto oficial de Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica de Lucha contra el Dopaje (BOE-A-2023-21845). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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